ARTÍCULO I — Nombre
El nombre de esta organización será Club Rotaract de ____________
ARTÍCULO II — Propósito y objetivos
El propósito de Rotaract es ofrecer una oportunidad a hombres y mujeres jóvenes para aumentar los conocimientos y condiciones que les ayuden en su desarrollo personal y los impulsen a buscar una solución para las necesidades físicas y sociales de sus comunidades y a promover mejores relaciones entre los pueblos de todo el mundo en un marco de amistad y servicio.
Los objetivos de Rotaract son:
1. Desarrollar condiciones de liderazgo y habilidad profesional.
2. Estimular el respeto por los derechos de los demás, promover elevadas normas de ética y reconocer la dignidad de todas las profesiones útiles a la sociedad.
3. Brindar a los jóvenes la oportunidad de prestar servicio para resolver carencias en su propia comunidad y en las comunidades de otros países.
4. Brindar oportunidades de trabajar en cooperación con los clubes rotarios patrocinadores.
5. Motivar a los jóvenes a que consideren su posible afiliación a Rotary.
ARTÍCULO III — Patrocinio
* La calidad de socio del club Rotaract caducará el 30 de junio del año rotaractiano en que el socio o la socia del club cumpla 30 años.
** El vocablo “universidad”, de conformidad con su uso en el presente documento, abarca toda institución de enseñanza de nivel superior.
Objetivos
1. El patrocinador de este club Rotaract es el Club Rotario de , el cual tendrá la responsabilidad de asesorar y apoyar a este club Rotaract mediante un comité de rotarios, cuyo número será determinado por el club patrocinador. El buen curso de este club dependerá de la continua participación activa del club rotario patrocinador.
2. Este club estará compuesto por jóvenes que residan, trabajen o estudien en las inmediaciones del club rotario patrocinador. Cuando una universidad u otra institución de educación superior esté ubicada en las inmediaciones del club rotario patrocinador, el cuerpo estudiantil de dicha universidad o institución podrá servir también como base para la organización del club. Este club no es parte del club rotario patrocinador y ni el club ni sus socios tienen derechos o privilegios con respecto a aquél.
3. Este club es una organización apolítica y no sectaria.
4. En caso de que el club rotario patrocinador pierda su calidad de miembro de RI, el gobernador del distrito de Rotary en cuestión procurará obtener el patrocinio de otro club rotario; si ello no fuera posible, transcurridos 180 días, el club Rotaract será disuelto.
ARTÍCULO IV — Cuadro social
1. El cuadro social de este club estará compuesto por hombres y mujeres jóvenes de buena reputación y con aptitudes para desempeñarse como líderes, cuyas edades oscilen entre los 18 y los 30 años, ambos inclusive.*
La Directiva recomienda (sin que constituya un mandato) que el club cuente por lo menos con 15 socios fundadores.
2. El método a seguir para la elección de socios de este club será determinado por este club en consulta con el club rotario patrocinador. El método que se utilice para la elección de nuevos socios de un club Rotaract con base en una universidad** deberá contar con la aprobación de las autoridades competentes.
3. Cada socio de este club Rotaract deberá asistir a, por lo menos, el 60 por ciento de las reuniones ordinarias del club en el transcurso del año, aunque los socios podrán compensar la ausencia a una reunión ordinaria del club de la siguiente forma: cualquier socio ausente de una reunión ordinaria de este club podrá compensar la ausencia asistiendo a una reunión ordinaria de cualquier otro club Rotaract o de cualquier club rotario cualquier día de las dos semanas inmediatamente anteriores o posteriores al día de la ausencia; o participando en un
proyecto de servicio del club o en un evento de la comunidad auspiciado por el club, previa autorización de su directiva.
4. Todos los becarios de La Fundación Rotaria —cuyas edades se encuentren dentro de los límites establecidos por la Junta Directiva de RI para el programa de Rotaract— tendrán derecho a afiliarse, en calidad de socios invitados, a un club Rotaract del país donde cursen estudios durante el período de su permanencia en el mismo por dicho motivo.
5. La condición de socio terminará automáticamente (a) por no cumplir el socio con los requisitos de asistencia, a menos que hubiera sido eximido por la junta directiva de este club por motivo justificado y suficiente, o (b) por disolución del club, o (c) el 30 de junio del año rotaractiano durante cuyo transcurso el socio cumple 30 años de edad.
6. La condición de socio podrá ser rescindida: (a) por haber dejado el socio de poseer los requisitos necesarios para integrar el club, o (b) por decisión del club cuando, por lo menos, las dos terceras partes de sus socios en pleno goce de sus derechos, votaran en favor de tal medida por entender que existe motivo justificado para hacerlo.
ARTÍCULO V — Reuniones
* Comité Distrital de Rotaractianos (integrado por rotaractianos) ** Comité Distrital de Rotaract de RI (integrado por rotarios)
1. El club se reunirá por lo menos dos veces al mes, como se dispone en el reglamento, en el lugar y hora más convenientes para los socios.
2. La junta directiva se reunirá como lo disponga el reglamento.
3. Rotary International recomienda que cada club rotario patrocinador designe a uno o más de los socios del club para que —al menos una vez al mes— asista(n) a la reunión del club Rotaract (o clubes Rotaract) que patrocina.
4. Las reuniones del club y de la junta directiva podrán cancelarse durante los días feriados o períodos de vacaciones, a discreción de la junta directiva. Asimismo, la directiva puede cancelar una reunión ordinaria por caer en día feriado, o por fallecimiento de un socio del club, o por epidemia o desastre que afecte toda la comunidad, o por un conflicto bélico local que amenace la vida de los socios del club. Además, la directiva puede cancelar hasta cuatro reuniones ordinarias por año rotario por otras causas no especificadas, siempre y cuando el club no cancele tres reuniones de manera consecutiva.
5. Las actas de las reuniones del club y de la junta directiva deberán proporcionarse al presidente del Comité Rotaract del club rotario patrocinador dentro de las dos semanas posteriores a la celebración de cada reunión.
ARTÍCULO VI — Funcionarios y directores
1. Los funcionarios de este club serán el presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y funcionario(s) que el reglamento estipule.
2. La junta directiva será el organismo que rija el club y estará compuesta por el presidente, el ex presidente inmediato, vicepresidente, secretario, tesorero y directores adicionales, cuyo número será determinado por este club, todos elegidos de entre los socios que estén al día en el cumplimiento de sus obligaciones. Todas las decisiones y acuerdos de la directiva y del club estarán sujetos a las disposiciones de estos estatutos y a las normas establecidas por Rotary International y sus miembros.
Si este club tiene su base en la universidad, estará sujeto a las mismas reglas y normas establecidas por las autoridades competentes para todas las organizaciones estudiantiles y actividades extraescolares de la universidad.
La junta directiva controlará a todos los funcionarios y comités y podrá, por motivo justificado, declarar vacante un cargo. Las decisiones de todos los funcionarios y comités serán apelables ante la junta directiva.
3. La elección de funcionarios y directores se efectuará anualmente, antes del 1 de marzo, por un procedimiento compatible con los usos y costumbres locales, aunque, para decidir una elección sólo se requerirá el voto de la mayoría de los socios presentes que se hallen al día en el cumplimiento de sus obligaciones. Todos los presidentes de clubes Rotaract y representantes distritales que cumplan 30 años de edad durante el período de sus respectivos mandatos, podrán servir un año más en calidad de ex presidente inmediato o de ex representante distrital inmediato, con el fin de asegurar la continuidad en la dirección del club.
La duración del cargo de los funcionarios y directores será de un año. No podrá establecerse un período menor de un año para la duración de un cargo sin autorización escrita del club rotario patrocinador.
4. El Comité Distrital de Rotaractianos* conjuntamente con el Comité Distrital de Rotaract de RI** proporcionará capacitación para el liderazgo a todos los funcionarios, directores y presidentes electos de comités de los clubes Rotaract.
ARTÍCULO VII — Actividades y proyectos
1. Dentro de los límites estipulados en la Sección I del Artículo III, este club será responsable del planeamiento, organización, financiación y conducción de sus propias actividades y suministrará el dinero, potencial humano e imaginación creadora que aquellas requieran, excepto en el caso de proyectos o actividades conjuntas emprendidas en cooperación con otras organizaciones, en cuyo caso tal responsabilidad será compartida con dichas organizaciones.
2. Entre sus actividades, este club emprenderá, por lo menos, dos proyectos principales al año, uno para prestar servicio a la comunidad y otro para promover la comprensión internacional, y ambos deben contar con la participación de todos o de la mayoría de los socios del club.
3. Este club ofrecerá un programa de fomento profesional para sus socios.
4. Es responsabilidad del club recaudar los fondos necesarios para llevar a cabo su programa. No solicitará o aceptará más que ocasional o accidental ayuda económica de su club rotario patrocinador, ni hará solicitudes en general a otros clubes rotarios o clubes Rotaract ni solicitará asistencia económica de individuos, negocios u organizaciones de la comunidad sin dar alguna cosa de valor a cambio de tal ayuda. Todos los fondos recaudados para proyectos de servicio deberán utilizarse para dicho propósito.
ARTÍCULO VIII — Comités
1. En el reglamento de este club se dispondrán los siguientes comités permanentes: Servicio en el Club, Servicio en la Comunidad, Servicio Internacional, Fomento Profesional, Finanzas y otros comités permanentes que se consideren necesarios o convenientes para la administración del club.
2. El presidente, con la aprobación de la directiva, podrá nombrar los comités especiales que él estime necesarios, estableciendo sus deberes en el momento del nombramiento. Tales comités dejarán de existir al concluir sus deberes, al ser disueltos por el presidente que los nombró o a la terminación de su período en el cargo de presidente, lo que primero ocurra.
ARTÍCULO IX — Cuotas
1. Al organizarse un nuevo club Rotaract, el club rotario patrocinador deberá pagar a RI —al someter la “Lista de organización”— una cuota de organización por valor equivalente a 50 dólares estadounidenses.
2. Toda cuota o contribución que se cobre a los socios del club deberá ser módica y se destinará solamente a cubrir los gastos de administración del club. Los fondos para las actividades y proyectos que el club emprenda se recaudarán por otros medios y se depositarán en una cuenta separada. Una vez al año, una persona debidamente capacitada hará una revisión minuciosa de todas las transacciones económicas del club.
ARTÍCULO X — Aceptación de los estatutos y del reglamento
El socio, mediante su incorporación al club y mientras conserve su calidad de tal, se compromete a aceptar los principios de Rotaract tal y como constan en la enunciación de su propósito y objetivos, y a cumplir con lo que dispongan los estatutos y el reglamento de este club. Sólo bajo estas condiciones, podrá disfrutar el socio de todos los derechos que su afiliación al club le confiere. Ningún socio será dispensado de cumplir con los estatutos y el
reglamento bajo pretexto de no haber recibido copia de los mismos.
ARTÍCULO XI — Reglamento
Este club adoptará el Reglamento modelo para los clubes Rotaract junto con las enmiendas que no sean incompatibles con estos estatutos y que se estimen necesarias o convenientes para el gobierno del club, siempre que tales enmiendas sean adoptadas de acuerdo con el procedimiento respectivo, prescrito en el Reglamento modelo para los clubes Rotaract.
ARTÍCULO XII — Emblema de Rotaract
1. El emblema de Rotaract está reservado para el exclusivo uso y beneficio de los socios de clubes Rotaract. Todo socio de este club tendrá derecho a usar o exhibir el emblema de Rotaract de manera digna y apropiada durante el período que dure su calidad de socio. Al terminar su condición de tal o al disolverse el club, renunciará a tal derecho.
2. El emblema, cuando es usado por un socio del club, puede ser usado sólo. Cuando es usado para representar a un club, el nombre del club debe también aparecer junto al emblema.
ARTÍCULO XIII — Duración
Este club existirá siempre que continúe funcionando de acuerdo con las disposiciones de estos estatutos y normas relacionadas con Rotaract establecidas por Rotary International o hasta cuando sea disuelto: (a) por propia determinación y acuerdo de este club, (b) por el club rotario patrocinador al retirarle su patrocinio, tras consulta con el gobernador de distrito y con el representante distrital de Rotaract, o (c) por Rotary International por no funcionar de acuerdo con estos estatutos o por otra causa.
Al disolverse el club, éste y todos sus socios, individual y colectivamente, renunciarán a todos los derechos y privilegios relacionados con el nombre y emblema de Rotaract. Asimismo, el club Rotaract traspasará la totalidad de su patrimonio financiero al club rotario patrocinador.
ARTÍCULO XIV — Administración
Estos estatutos pueden enmendarse solamente por acuerdo de la Junta Directiva de Rotary International. Las enmiendas a los Estatutos prescritos a los clubes Rotaract, aprobadas por la Junta Directiva de Rotary International, automáticamente modificarán estos estatutos.